
- Derecho a la Libertad: porque todas las personas nacemos y morimos con la libertad de expresion , es decir, expresar nuestros sentimientos,pensamientos,obras...y con cierta libertad ( siempre que seamos mayores de edad o estemos emancipados) de tomar decisiones sobre nuestra vida sin temos a la coacción o a los limites de ciertas cadenas.
- Derecho de respeto: porque todas las personas tenemos el derecho de respetar y ser respetados , aunque en la sociedad del siglo XXI la palabra respeto sea una palabra tabú para ciertas personas como, maltradores de generos,proxenetas,pederastas...
- Derecho de Igualdad: porque todas las personas somos iguales sea o no distinto el color de piel , la forma de pensar, o los idelaes o distintas religion.
- Derecho a la Tolerancia: porque la tolerancia es motivo de respeto y de indiferencia.
-
Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.
-
Universales: Por cuanto se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar; por tanto, no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial.
-
Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.
-
Inalienables: Por ser irrenunciables, al pertenecer en forma indisoluble a la esencia misma del ser humano; no pueden ni deben separarse de la persona y, en tal virtud, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.
-
Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad.
-
Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de sí se hace uso de ellos o no.
-
Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de derechos. Todos deben ser ejercidos en su contenido esencial, al tener igual grado de importancia
Indivisibles: Porque no tiene jerarquía entre sí, es decir, no se permite po
ner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.-
-
Irreversibles: Porque todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categoría de derecho humano, categoría que en el futuro no puede perderse.
-
Progresivos: Porque dado el carácter evolutivo de los derechos, en la historia de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.
No hay comentarios:
Publicar un comentario