jueves, 24 de enero de 2008

Esquema Histórico



ESQUEMA HISTORICO



Introducción


El origen en muchas culturas y tradiciones antiguas se debe a que las persona tienen una idea de derecho inherentes.Podemos observar a partir de numerosos ejemplos de lideres influyentes y códigos de conducta que los valores que se encuentran en los derechos humanos no son ni una "invención oriental" ni una invención del sigo XX.


Historia Antigua



  • Código de Hammurabi, Babilonia (Irak, 2000 a.C), Era el primer código legal que prometía que la justicia reinase en el reino .


  • Faraón del Antiguo Egipto (2000 a.C), decía todo se haga según la ley.


  • Carta Magna del Circus(570 a.C), fue redactada por el rey de Persia para el pueblo y reconoce el derecho de la libertad.

Cronología de los Derechos Humanos


2350 aC. Código de Urukagina. Se conoce sólo por las referencias incluidas en documentos posteriores. Consistía en una recopilación de ordenanzas o leyes dictadas por los reyes de Mesopotamia anteriores a Urukagina.
2050 aC. Código de Ur-Nammu (Mesopotamia). Primer código jurídico escrito que se conoce. Se basaba en un sistema jurídico que establecía jueces especializados, el testimonio bajo juramento y la facultad de los jueces de ordenar al culpable la indemnización de perjuicios.
1700 aC. Código de Hammurabi. Redactado por Hammurabi, rey de Babilonia. Aparece por primera vez la Ley del Talión.
1250 aC. Los Diez Mandamientos. Según la tradición judaica, el profeta Moisés recibió esta lista de diez preceptos directamente de Dios.
1280 a 880 aC. Código de Manú. Recopilación escrita de normas jurídicas transmitidas de generación en generación. Constituía la base del sistema de castas de la India, que clasificaba a los individuos según su rango social. El castigo sólo se utilizaba como último recurso. Los miembros de las castas superiores eran castigados con más severidad que los de las inferiores.
621 aC. Código de Dracón (Atenas). Primeras leyes escritas de Grecia. Redactado por Dracón, era un código jurídico extremadamente severo. Disponían que sólo el estado tenía la potestad de castigar a las personas acusadas de crímenes.
630 aC. Nacimiento de Zaratustra, fundador en Persia del zoroastrismo (religión monoteísta con muchos rasgos en común con el judaísmo).
600 aC. Leyes de Licurgo, rey de Esparta. Transmitidas oralmente, no fueron escritas. Fueron dictadas para apoyar el régimen militar Espartano. Los niños eran educados para la guerra; si nacían con alguna deformidad eran ejecutados. El peor crimen era rendirse en la batalla.
590 aC. Código de Solón. Actualización y suavización del Código de Dracón, elaborado por el ateniense Solón.
560 aC. Nacimiento de Buda, fundador del budismo (no se basa ni en revelaciones divinas ni en dogmas de fe, insta a la investigación, al entrenamiento mental, la disciplina ética y el estudio como medios para erradicar la insatisfacción y el sufrimiento).
550 aC. Nacimiento de Confucio, fundador del confucianismo (insta a la buena conducta en la vida y al buen gobierno del estado, a la armonía social como medio de conseguir una sociedad justa, a la caridad, la justicia, el respeto de la jerarquía, el cuidado de la tradición, el estudio y la meditación).
500 aC. Inicio de la difusión del taoísmo. Con su acento en la individualidad y la espontaneidad, supone en China un contrapunto a los aspectos más organizativos y sociales del confucianismo).
450 aC. Ley de las Doce Tablas. Se ha conservado parcialmente a través de citas posteriores. Estas leyes eran aplicables a los ciudadanos de la República romana, y constituyen la base del derecho público y del derecho privado modernos. Establecen un procedimiento para enjuiciar a los culpables de delitos y un mecanismo en virtud del cual la parte ofendida puede reclamar indemnización de perjuicios a la parte culpable. El principio esencial es que la ley debe ser escrita: la justicia no ha de quedar librada a la mera apreciación de los jueces.
350 aC. Código de Li Kui. Primer código imperial de China. Contiene disposiciones sobre el hurto, el robo, la prisión, la detención y otras normas generales. Sirvió de modelo para el posterior código Tang.
30 a 33. Predicación de Jesús de Nazaret, proclamando la dignidad e igualdad de los seres humanos.
313. Edicto de Milán. Reconocimiento del derecho a la libertad religiosa (anulada en el 392 por Teodosio el Grande).
529. Código de Justiniano. El emperador bizantino Justiniano lleva a cabo la codificación del derecho romano, el Corpus Juris Civilis. Muchas máximas jurídicas que todavía se emplean derivan de él. Se le debe la noción moderna de justicia e incluso la palabra misma.
570. Nacimiento de Mahoma, fundador del Islam (considera a Jesús de Nazaret un profeta; se basa en la profesión de fe, la oración, la limosna, el ayuno -ramadán- y la peregrinación a La Meca).
653. Código Tang. Enumera los delitos y sus penas en 501 artículos, modifica los códigos chinos precedentes y uniforma los procedimientos.
1100. Primera Escuela de Derecho, en Bolonia. Fundada por el jurista italiano Irnerius. Contribuyó a revivir el Corpus Juris de Justiniano y a difundir el derecho romano por toda Europa.
1215. Carta Magna. El rey Juan Sin Tierra de Inglaterra firmó la Carta Magna, concediendo diversos derechos a sus barones y a su pueblo. Por primera vez, un rey se comprometió a cumplir la ley y en caso contrario los barones podían acusarlo. Se considera que es la base del derecho común inglés.
1492. Expulsión de los judíos de España por los Reyes Católicos y llegada de Colón a América
1532. Francisco de Vitoria: De indis (contra los excesos cometidos en las tierras conquistadas en América, afirmando que los indios no son seres inferiores, sino que poseen los mismos derechos que cualquier ser humano).
1542. Bartolomé de las Casas: Brevísima relación de la destrucción de las Indias.
1598. Edicto de Nantes sobre la libertad religiosa.
1609. Expulsión de los moriscos de España por Felipe III.
1625. Hugo Grotius: De iure belli ac pacis (primer tratado sistemático sobre el derecho internacional).
1628. Petición de Derechos (Inglaterra). Reclamaba la protección de los derechos personales y patrimoniales, fue rechazada por el rey Carlos I.
1679. Acta de Habeas Corpus (Inglaterra). Prohibía las detenciones sin orden judicial.
1689. Declaración de Derechos (Inglaterra). Consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Su intención era limitar los poderes de la realeza y que éstos quedasen sometidos a las leyes aprobadas por el Parlamento inglés.
1751. Diderot. Publicación del primer volúmen de la Enciclopedia.
1762. Rousseau: El contrato social.
1763. Voltaire: Tratado de la tolerancia.
1764. Beccaria: Tratado de los delitos y las penas (contra la pena de muerte y la tortura).
1776. Declaración de Derechos (Virginia)
1776: Declaración de Independencia de Estados Unidos. Por primera vez un gobierno rechazó la idea de que un determinado pueblo tenía derecho a gobernar a otros.
1786. Código criminal de Toscana (abolición de la pena de muerte por Leopoldo I, luego restablecida)
1787. Código penal austriaco (abolición de la pena de muerte, luego restablecida)
1787. Fundación de la Asociación inglesa para la abolición de la trata de esclavos, en Londres.
1787. Constitución de los Estados Unidos. Define las ramas del gobierno (judicial, legislativo y ejecutivo) y delimita sus facultades. Establece también que es superior a cualesquiera otras leyes, estatales o federales
1789. Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos "hombres" franceses, al igual que la declaración americana hacía con los ciudadanos americanos.
1791. Carta de Derechos americana. Las primeras 10 enmiendas a la Constitución de Estados Unidos de 1787. Incluyen la libertad de expresión, de prensa, de religión, el derecho a juicio por jurado, la protección contra castigos crueles y contra registros irrazonables (a lo largo de los años se le irán añadiendo distintas enmiendas).
1791. Olimpia de Gouges: Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana
1792. Mary Wollstonecraft: Vindicación de los derechos de la mujer.
1792. Abolición de la trata de esclavos por Dinamarca
1794. Abolición de la esclavitud en las colonias francesas (derogada por Napoleón en 1802)
1804. Código Napoleónico. Consagraba muchos de los principios resultantes de la Revolución Francesa, como la libertad individual, la igualdad ante la ley, el carácter laico del Estado. Incorporó la mayor parte del derecho Romano, y se convirtió en un modelo para los sistemas legales basados en el derecho civil. La ley era escrita (no desarrollada por los jueces caso a caso) y estaba redactada en un lenguaje sencillo, de manera que el pueblo la pudiese entender. Regulaba muchos asuntos de derecho privado como: propiedad, sucesiones y contratos.
1807. Prohibición de la trata de esclavos por el Parlamento británico.
1808. Prohibición de la trata de esclavos en Estados Unidos.
1808. Constitución de Bayona (abolición de la tortura en España).
1812. Constitución de Cádiz.
1821. Abolición de la esclavitud en Colombia (1826 en Bolivia, 1827 en Perú y Guatemala, 1828 en Méjico).
1832. Fundación de la Sociedad Antiesclavista Americana, en los Estados Unidos.
1833. Abolición de la esclavitud en todos los territorios británicos.
1848. Marx y Engels: Manifiesto comunista.
1848. Declaración de Séneca Falls
1858. Emancipación de los siervos en Rusia.
1864: Convención de Ginebra. Acuerdo que reconoce un mínimo de derechos humanos en tiempo de guerra, como la protección del personal médico militar y el tratamiento humanitario a los heridos. Por primera vez se establece alguna norma de decencia humana durante tiempos de guerra.
1865. Abolición de la esclavitud en los Estados Unidos (Decimotercera enmienda de la Constitución Americana).
1869. John Stuart Mill: El sometimiento de la mujer
1873. Abolición de la esclavitud por España en Puerto Rico (1880, en Cuba).
1893. Nueva Zelanda es el primer país del mundo que otorga el sufragio femenino.
1893. Sufragio universal masculino en Bélgica (1896 en los Países Bajos, 1898 en Noruega).
1902. Derecho de sufragio de la mujer en Australia (el sufragio universal no llegó a Australia hasta 1962, anteriormente los aborígenes no podían votar).
1906. Finlandia es el primer país europeo que otorga el sufragio femenino.
1913. Sufragio femenino en Noruega (1915 en Dinamarca, 1918 en Alemania, Gran Bretaña -mayor límite de edad- y URSS, 1920 en Estados Unidos, 1921 en Suecia).
1917. Constitución mexicana. Culminación de la revolución iniciada en 1917. Fue la primera constitución de la historia, antes que la de Weimar, con un catálogo de derechos sociales.
1917. Revolución rusa.
1919. Constitución de Weimar, Alemania. Junto a derechos individuales se proclaman derechos sociales como el de la protección a la familia, la educación, sistema de seguros y el derecho al trabajo.
1919. Sociedad de Naciones, con sede en Ginebra (Suiza), creada por el Tratado de Versalles. Se disolvió el 18 de abril de 1946 al crearse la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Perseguía los principios de la cooperación internacional, el arbitraje de los conflictos y la seguridad colectiva.
1919. Creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adherida inicialmente a la Sociedad de Naciones.
1923. Abolición de la esclavitud en Afganistán (1924 en Irak, 1926 en Nepal, 1929 en Persia).
1926. Convención sobre la Esclavitud.
1931. Sufragio femenino en España.
1932. Abolición de la pena de muerte en España (reintroducida en 1934 y nuevamente abolida en 1978).
1937. Abolición de la esclavitud en Bahreim.
1945-1946. Proceso de Nuremberg. Juicio a los oficiales nazis por crímenes contra la humanidad durante la Segunda Guerra Mundial.
1945. Creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), heredera de la Sociedad de Naciones.
1948. Declaración Universal de Derechos Humanos.
1959. Declaración de los Derechos del Niño.
1963. Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
1964. Ley de Derechos Civiles (Estados Unidos). Prohibición de la discriminación racial.
1965. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (entrada en vigor: 1969).
1966. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (entrada en vigor: 1976).
1966. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entrada en vigor: 1976).
1967. Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
1968. Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.
1979. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (entrada en vigor: 1981).
1989. Convención sobre los Derechos del Niño (entrada en vigor: 1990).
1994. Fin de la segregación racial en Sudáfrica.
1998. Detención de Pinochet en Londres, a instancia de las autoridades judiciales españolas, y posterior traslado a Chile para ser juzgado.
1998. Estatuto de Roma. Establecimiento de la Corte Penal Internacional (entrada en vigor: 2002).


martes, 22 de enero de 2008

Valores Humanos


INTRODUCCIÓN
Uno de los desafíos de los derechos humanos es el de encontrar caminos para defender su universalidad en beneficio de todos los seres humanos, con respeto, al mismo tiempo, de su diversidad.
VALORES CLAVES
  • Derecho a la Libertad: porque todas las personas nacemos y morimos con la libertad de expresion , es decir, expresar nuestros sentimientos,pensamientos,obras...y con cierta libertad ( siempre que seamos mayores de edad o estemos emancipados) de tomar decisiones sobre nuestra vida sin temos a la coacción o a los limites de ciertas cadenas.
  • Derecho de respeto: porque todas las personas tenemos el derecho de respetar y ser respetados , aunque en la sociedad del siglo XXI la palabra respeto sea una palabra tabú para ciertas personas como, maltradores de generos,proxenetas,pederastas...
  • Derecho de Igualdad: porque todas las personas somos iguales sea o no distinto el color de piel , la forma de pensar, o los idelaes o distintas religion.
  • Derecho a la Tolerancia: porque la tolerancia es motivo de respeto y de indiferencia.
De todos los valores claves que nos podemos encontrar ,sin duda alguna, el más importante es el de la DIGNIDAD HUMANA E IGUALDAD. Dignidad Humana, porque es el valso mas importante que tiene una persona ,ya que la dignidad es simbolo de respeto y tolerancia si no hay dignidad nadie te puede tomar en serio ya que eres una persona sin valores. Igualdad ,por que debemos pensar y actuar de manera honorable,honrada y humilde sin tratar a todas las persona como igual.
CARACTERICTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
  • Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.

  • Universales: Por cuanto se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar; por tanto, no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial.

  • Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.

  • Inalienables: Por ser irrenunciables, al pertenecer en forma indisoluble a la esencia misma del ser humano; no pueden ni deben separarse de la persona y, en tal virtud, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.

  • Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad.

  • Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de sí se hace uso de ellos o no.

  • Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de derechos. Todos deben ser ejercidos en su contenido esencial, al tener igual grado de importancia

  • Indivisibles: Porque no tiene jerarquía entre sí, es decir, no se permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.


  • Irreversibles: Porque todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categoría de derecho humano, categoría que en el futuro no puede perderse.

  • Progresivos: Porque dado el carácter evolutivo de los derechos, en la historia de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.

viernes, 11 de enero de 2008

¿Por qué hablar de derechos humanos?


Los Derechos Humanos responden a las necesidades de las personas, grupos y sociedades y garantizarlos promueve el ejercicio de la dignidad.


El concepto de Derechos Humanos es integral, ya que son interdependientes, es decir que no hay un derecho más importante que otro, lo que implica que la violación a uno solo de ellos, repercute en múltiples violaciones, además que la realización de un derecho posibilita la realización de otros.


El concepto derechos humanos es universal e incluyente, ya que son necesarios para todas y cada una de las personas, tanto en lo individual como en lo colectivo, en el marco de la situación histórica, temporal y cultural que rodea la convivencia de las personas.


Por lo tanto, el modo de realización de los derechos humanos depende de la situación social, política y cultural de los grupos humanos que los ejercen, defienden y reivindican.